- 23 de mayo de 2026
Transformación de las Instituciones en el ejercicio del poder

Cada 25 de mayo invita a recordar los hechos que constituyeron la Semana de Mayo, pero también ofrece la oportunidad de mencionar, aunque sea muy brevemente, cómo funcionaban las instituciones en 1810 y cómo era el gobierno que se transformó tras ese hito.
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A. Las instituciones antes del 25 de mayo de 1810. Hasta entonces, el Río de la Plata integraba el Imperio Español. Toda autoridad emanaba del Rey, y las funciones del Estado —todavía no tan separadas como hoy— podrían distinguirse así:
▲ Función legislativa: Las leyes provenían del Rey y del Consejo de Indias, organismo radicado en Madrid cuyos miembros designaba el monarca. Este Consejo asesoraba al rey, preparaba las Leyes de Indias, proponía funcionarios y actuaba como tribunal superior para los asuntos americanos.
▲ Función ejecutiva: El gobierno recaía en el Virrey, representante directo del rey en el Virreinato del Río de la Plata. Administraba el territorio, organizaba la defensa y hacía cumplir las decisiones de la Corona.
▲ Función judicial: La justicia cotidiana la ejercían los alcaldes de los Cabildos, vecinos destacados que resolvían conflictos locales. Por encima funcionaba la Real Audiencia de Buenos Aires, integrada por jueces letrados nombrados por el rey, encargada de revisar las decisiones más importantes.
En aquella época, gobernar, legislar y juzgar no estaban claramente separados: muchos organismos administrativos ejercían también tareas judiciales y varias autoridades concentraban distintas atribuciones.
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B. Los hechos desencadenantes: si bien existía un contexto que los propiciaba como nuevas ideas, la ocupación Napoleónica y la situación del Rey de España, el detonante inmediato fue la noticia de la caída de la Junta Central de Sevilla, último organismo español que gobernaba en nombre del rey Fernando VII, prisionero de Napoleón, conocida el 13 de mayo. Frente a ese vacío de poder, los criollos invocaron “el principio de la retroversión de la soberanía”: si el rey estaba ausente, el poder retornaba al pueblo, que tenía derecho a elegir nuevas autoridades.
El 18 de mayo, el virrey Cisneros reconoció la crisis, pero ratificó su autoridad. El 22, el Cabildo Abierto votó la destitución del virrey, pero el 24 el mismo Cabildo propuso una Junta que lo restablecía, y gracias a la presión popular debió reformularla. Finalmente, el 25 de mayo nació la Primera Junta, “el Primer Gobierno Patrio”.
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C. Las instituciones después del 25 de mayo: la Primera Junta asumió las funciones ejecutivas del virrey y comenzó a dictar reglamentos y resoluciones propias. No obstante, la Revolución de Mayo no eliminó inmediatamente todas las instituciones coloniales: los Cabildos siguieron administrando las ciudades y ejerciendo funciones judiciales menores; La Real Audiencia sobrevivió durante la Primera Junta y la Junta Grande, aunque depurada de funcionarios leales a la Corona, recién el Primer Triunvirato en 1812 avanzó en su reemplazo.
Con el paso de los años, las provincias fueron tomando individualidad y autonomía y desde ellas se produjo una transformación más profunda: fueron eliminando los Cabildos y profesionalizando la justicia, con el surgimiento de jueces letrados, departamentos de justicia y tribunales integrados por abogados que reemplazaron a los antiguos jueces vecinos, crearon ejecutivos y eligieron a sus gobernadores. Este proceso se fortaleció con la Declaración de la Independencia y las Constituciones provinciales, y se perfeccionó con el dictado de la Constitución Nacional de 1853, que nos dio la forma.
Este sintético recorrido por los hechos y su impacto institucional parte de una convicción que se cree justa: vale la pena poner en escena qué fue lo que cambió, cómo eran las cosas y cómo comenzaron a transformarse.
*Abogada, exjuez de Paz letrada, integrante de la comisión directiva de Conciencia San Juan

