• 22 de julio de 2022

¿Qué puede pasar con los datos de la declaración jurada por las tarifas?

¿Qué puede pasar con los datos de la declaración jurada por las tarifas?

La base de datos del Estado será actualizada. ¿Habrá cruzamiento de datos? El temor de que la información se filtre a bancos y otras empresas privadas.

La segmentación de tarifas para gas y luz implementadas por el gobierno nacional es uno de los temas de los cuales por estos días habla el país. Quiénes sí y quiénes no y quiénes no están obligados a completar el formulario.

Sin embargo, por discutir lo urgente podría perderse de vista lo importante: cuál es la información que se brinda y qué efectos podría causar, dado que, con el consentimiento de cada usuario dado como cheque en blanco, el propio Estado podría hacer uso de esa información para cruzar datos y tomar otras determinaciones. Por ejemplo, con las ayudas estatales para salarios en pandemia, se hizo una base de datos de quienes estaban excluidos de la posibilidad de comprar dólares oficiales.

Desde la web oficial para la inscripción al formulario para no perder los subsidios de luz y gas informaron en qué casos los hogares quedarán fuera de la segmentación de tarifas. Hogares con personas electrodependientes que sólo deberán realizar el trámite para solicitar el servicio de gas.

El segundo caso que queda por fuera de la segmentación tarifaria es si en el domicilio funciona una entidad de bien público, para ello se debe realizar el trámite para solicitar la tarifa diferencial.

El Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE) con el objetivo de «ordenar» las tarifas de luz y gas e identificar cuáles son los hogares que «necesitan» mantenerlo, pero también hay casos en los que estarán exentos de anotarse.

Los topes

La segmentación de tarifas de luz y gas se establecerá en base a tres grupos establecidos según sus ingresos mensuales y capacidad económica de los hogares. 

Segmento alto: hogares de mayores ingresos

Ese grupo tendrá una reducción de los subsidios de luz y gas de manera gradual hasta alcanzar las tarifas plenas. 

  • Ingreso total mensual del hogar que equivalgan o superen los $ 350.000 (3,5 canastas básicas de un hogar tipo 2, según el INDEC).
  • Tener 3 o más vehículos con una antigüedad menor a 5 años.
  • Tener 3 o más inmuebles.
  • Tener una embarcación, una aeronave de lujo o ser titular de activos societarios que exterioricen capacidad económica plena.

Segmento medio: hogares de medianos ingresos

  • Ingreso mensual total del hogar varían entre $ 100.000 y $ 350.000 (entre 1 y 3,5 canastas básicas de un hogar tipo 2, según INDEC).
  • Tener hasta un máximo de 2 inmuebles o no poseer ninguno.
  • Poseer hasta 2 vehículos con una antigüedad menor a 5 años.
  • No poseer aeronaves, embarcaciones de lujo o activos societarios que exterioricen capacidad económica plena.

Segmento menor: hogares de menores ingresos

  • Ingreso mensual total del hogar menor $ 100.000 (1 canasta básica para un hogar tipo 2, según INDEC).
  • Poseer hasta 1 inmueble o no poseer ninguno.
  • No tener 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad, excepto para los hogares en donde exista al menos una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD).
  • No poseer aeronaves, embarcaciones de lujo o activos societarios que exterioricen capacidad económica plena.

Qué datos hay que aportar

En la declaración jurada hay una serie de datos que debe aportar el titular del servicio. Precisamente esto es lo que ha generado ruido porque podrían ser utilizados para entrecruzar datos e investigar al solicitante en busca de saber si está mintiendo en torno a su situación laboral y financiera.

Datos socioeconómicos, situación laboral, relación con el domicilio (propietario o inquilino), son algunos de los datos personales que deberán completarse en el formulario.

Al haberse dividido en tres grupos, esto permite identificar cantidad de inmuebles, lo que podría valer la intervención de AFIP para saber si están debidamente registrados a nombre del titular.

Incluso se especula con la posibilidad de que, una vez aprobado el pedido, se prohíba a esa persona la compra de dólares, como ya ocurrió en el 2020 para quienes cobraban el sueldo con ayuda del Estado -ATP- por la pandemia.

FERNANDO CASTRO – ABOGADO PENALISTA

“Que el Estado vaya a usar estos datos solo para la segmentación, es una cuestión de fe”

-¿Qué uso se le dan a esos datos que uno vuelca en el formulario para la segmentación tarifaria, que son muchos y son personalísimos?

-Uno debería desde la posición de ciudadano, creer. Lógicamente, es cierto que cuando el Estado recaba los datos para una cuestión beneficiosa, como es en el caso de la segmentación tarifaria, los datos que uno proporciona sean utilizados para ese fin, pero debido al tema de la superabundancia de datos y la manipulación de datos y la existencia de la famosa Big Data y que ya hemos visto cómo funciona en el mundo, hoy está difícil.

-¿Entonces?

-Es verdaderamente un acto de fe este pretender que el Estado únicamente lo vaya a utilizar para esos fines. Tampoco con esto quiero decir que sea mal pensado, pero existe la posibilidad cierta de que los datos sean utilizados para otro fin, por ejemplo, hacer un entrecruzamiento de todo para determinar la posición de ese ciudadano frente a otras situaciones. Por ejemplo, la situación impositiva. Es un acto de fe prácticamente, y realmente yo no tengo ninguna herramienta, no tengo nada como para decir me garantiza el Estado que no le va a dar otro uso, no solamente el Estado, sino las entidades de crédito, las financieras, cualquier otra entidad que pueda moverse con los con los datos básicos del ciudadano.

-En caso de trascender, ¿qué se puede hacer?

-La única herramienta constitucional que queda para el caso del uso indebido de datos personales es el habeas data, que es una herramienta constitucional que este tenemos en el Estado de Derecho, cuando realmente somos sorprendidos en la buena fe y vemos que están utilizando datos nuestros en cuestiones no autorizadas. No estoy en condiciones de afirmar que hay una garantía exacta decretado o que cualquier otra entidad no vaya a utilizar nuestros datos para otro fin.

-¿Sería legal y legítimo que el Estado con estos datos haga un entrecruzamiento al solo efecto de confirmar que esa persona realmente puede acceder al subsidio solicitado?

-Es posible que mire los datos sueltos. El resultado lo tiene claro. Ahora se trataría nada más que una renovación de datos, pero en la cuestión sobre todo en el tema de AFIP y todos los organismos del Estado ya tienen una base de datos de los ciudadanos, sobre todo desde el punto de vista impositivo. Además, hay también un análisis, proyección de consumo, que eso lo hace también, no solamente el Estado, sino los comercios y las industrias y lo hacen los políticos para el tema de las elecciones. O sea, que verdaderamente estamos frente a un fenómeno que no tiene dimensiones claras y que éste nos colocaría permanentemente a nosotros en situaciones así incómodas. Como que nos están evaluando para una cuestión totalmente extraña para la cual no nos solicitaron esos datos. Hay una delgada línea entre lo que uno conoce y lo que uno desconoce con el tema de los datos.

Lo que no se debe hacer

Muchos argentinos para no sentir el impacto por la pérdida del subsidio en caso de no encuadrar en las tres categorías previstas podrían recurrir a falsear datos en el formulario, que es una declaración jurada, y por ende en caso de incurrir en datos erróneos tiene consecuencias penales.

Qué es lo que no se debe hacer

  • No incluir la totalidad de los ingresos de quienes integran el grupo familiar.
  • Que figure solo el ingreso del titular, en muchos casos de personas que perciben la jubilación mínima.
  • Si todos los integrantes del grupo familiar perciben planes sociales, no obviarlos en la declaración jurada.
  • Poner a nombre de terceros una movilidad cuando supere las tres en el hogar