• 10 de julio de 2026

El derecho del paciente a decidir

El derecho del paciente a decidir

Escribe: Alfredo Nardi*

En materia de salud existe un principio que no admite dudas: el paciente es el protagonista de las decisiones sobre su propio cuerpo y su tratamiento. La legislación argentina, a través de la Ley 26.529 de Derechos del Paciente, reconoce el derecho a recibir información clara, otorgar o rechazar el consentimiento para prácticas médicas y decidir libremente sobre los tratamientos que desea o no recibir.

Esto significa que, mientras una persona conserve capacidad para comprender la información y expresar su voluntad, su decisión prevalece, incluso cuando sus familiares piensen distinto. El afecto o la preocupación de la familia son comprensibles, pero no pueden reemplazar la autonomía del paciente ni imponer tratamientos contra su voluntad.

El rol del médico también es fundamental. Su obligación no consiste en decidir por el paciente, sino en brindarle información suficiente, comprensible y veraz sobre el diagnóstico, las alternativas terapéuticas, los beneficios, los riesgos y las consecuencias de aceptar o rechazar una intervención. Una vez cumplido ese deber de información, corresponde respetar la decisión adoptada por la persona, aunque no coincida con la opinión del profesional o de sus seres queridos.

En los casos de enfermedades graves o terminales, este principio adquiere una importancia aún mayor. Respetar la voluntad del paciente no significa abandonar su atención. Por el contrario, implica garantizar cuidados paliativos, alivio del dolor, acompañamiento y una atención digna, preservando siempre su calidad de vida y sus valores personales.

La dignidad humana también se expresa en la posibilidad de elegir. El respeto por la autonomía fortalece la relación médico-paciente, evita conflictos familiares y asegura que las decisiones sobre la salud respondan a quien verdaderamente es titular del derecho: el propio paciente. Defender ese principio es defender uno de los pilares más importantes de una medicina ética, humanizada y respetuosa de los derechos fundamentales.

*Abogado especialista en Derecho de Salud