• 7 de febrero de 2026

Dios atiende en Buenos Aires

Dios atiende en Buenos Aires

Escribe: Alfredo Nardi*

La concentración de la inversión sanitaria en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se ha convertido en una de las principales desigualdades silenciosas del sistema de salud argentino. Empresas de medicina prepaga y numerosas obras sociales nacionales destinan sus mayores recursos edilicios, tecnológicos y de alta complejidad médica al área metropolitana, mientras en gran parte de las provincias el acceso real a prestaciones esenciales continúa siendo limitado.

La situación resulta particularmente injusta si se tiene en cuenta que los afiliados del interior abonan los mismos aportes y cuotas que quienes residen en Buenos Aires. Sin embargo, las cartillas reducidas, las derivaciones constantes y los reintegros insuficientes muestran que el derecho a la salud no se garantiza en condiciones equivalentes en todo el país.

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La Constitución Nacional, en su artículo 42, garantiza a los consumidores y usuarios —categoría que incluye a los afiliados del sistema de salud— el derecho a una protección equitativa y digna. A su vez, el artículo 16 consagra la igualdad ante la ley, principio que se ve afectado cuando el lugar de residencia determina la calidad efectiva de la atención médica.

Pero el eje central del debate es el federalismo. El artículo 1 de la Constitución define a la Argentina como una república federal, y el artículo 75 inciso 23 impone al Congreso el deber de legislar y promover medidas de acción positiva que garanticen el goce efectivo de los derechos fundamentales, entre ellos el derecho a la salud, en todo el territorio nacional.

La concentración estructural de servicios sanitarios de calidad en Buenos Aires, tolerada por los organismos de control, vacía de contenido real el derecho a la salud en las provincias, transformándolo en un derecho formal pero no efectivo.

Iimpresionante sanatorio de última generación de Swiss Medical en Nordelta, donde trabajan más de 1.500 personas.

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Esta desigualdad se manifiesta en hechos cotidianos, derivaciones obligadas a Buenos Aires para estudios o tratamientos, demoras prolongadas por falta de prestadores locales, reintegros insuficientes que no cubren costos reales; traslados que afectan especialmente a niños, personas con discapacidad y adultos mayores.

Todo ello, genera mayor cantidad de Amparos de Salud en la Justicia Federal en búsqueda de un equilibrio de acceso a la Salud más Federal.

Desde las provincias, comienzan a perfilarse estrategias judiciales que trascienden el reclamo individual. Los amparos colectivos y las acciones contra la omisión de control estatal buscan cuestionar un modelo de concentración sanitaria que resulta incompatible con un país federal.

La salud no puede depender del código postal. Un sistema nacional exige derechos iguales en todo el territorio argentino.

*Alfredo Oscar Nardi es abogado especialista en Derecho de Salud
Matricula Federal:  T° 150 F° 84 Matricula Provincial 2836
Mail: [email protected]