• 14 de octubre de 2025

Los problemas de Begoña Gómez

Los problemas de Begoña Gómez

Escribe: Giancarlos Parietti

“No soy un ingenuo. Soy consciente de que denuncian a Begoña no porque haya hecho algo ilegal (…), sino por ser mi esposa”, escribió el jefe de Gobierno de España, Pedro Sánchez, quien dijo que la denuncia contra su pareja se enmarca en una “estrategia de acoso y derribo” en su contra de “medios de marcada orientación derechista y ultraderechista”

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Pero ¿quién es Begoña Gómez?

Gómez y Sánchez se conocieron en una fiesta y se casaron en 2006. Tienen dos hijas: Ainhoa, nacida en 2005, y Carlota, en 2007.

Hasta que saltó el caso de corrupción en el que se ve envuelta, poco se sabía de la vida de esta mujer hasta entonces muy discreta, que como esposa del presidente del Gobierno de España siempre se había mantenido en un segundo plano.

María Begoña Gómez, de 48 años, nació en Bilbao y creció en el municipio leonés de Valderas. Es licenciada en Marketing por la ESIC de Madrid. Posee un máster en Administración de Empresas, con el que culminó su formación y que avaló su puesto al frente de otro máster en la Universidad Complutense sobre Transformación Social Competitiva.

Durante años trabajó como directora de consultoría en externalización comercial del Grupo Inmark donde, en 2018 pidió una licencia.

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A fines de abril, un juzgado de Madrid hizo oficial que investigaria la denuncia por tráfico de influencias y corrupción en los negocios contra Begoña Gómez, la cual fue presentada por Manos Limpias. El colectivo consideró que «ha venido recomendando o avalando por carta de recomendación con su firma a empresarios que se presentaban a licitaciones públicas» prevaliéndose supuestamente de su condición de esposa del presidente del Gobierno.

Otra de las polémicas más recientes tiene que ver con la que afecta a su supuesto vínculo «tanto económico como profesional» con Air Europa, una de las compañías rescatadas por el Gobierno en el marco de las ayudas aprobadas durante la peor parte de la pandemia.

El asunto se empezó a conocer a raíz del caso Koldo: el cobro de presuntas comisiones ilegales, relacionadas con contratos millonarios para la compra de barbijos en el peor momento de la pandemia, que involucra además al exasesor del exministro de Fomento, José Luis Ábalos, y a el exministro de Sanidad Salvador Illa.

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La investigación judicial que rodea a Begoña Gómez, avanza con una decisión de alto impacto político y jurídico. El juez Juan Carlos Peinado, titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid, ha propuesto que sea un jurado popular quien determine si es culpable o no de los delitos que se le atribuyen.

En un auto dictado la semana pasada, el magistrado acuerda que la causa principal por tráfico de influencias, corrupción en los negocios, intrusismo y apropiación indebida se tramite conforme a la Ley del Jurado.

En esta pieza principal figuran además la asesora de Gómez, Cristina Álvarez, y el empresario Juan Carlos Barrabés, adjudicatario de contratos públicos, quienes deberán acudir asistidos de sus abogados.

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El magistrado subraya que «resulta verosímil la imputación que de los hechos relatados se hace» a los tres investigados, y recuerda que la Ley del Jurado exige este criterio de verosimilitud para abrir la vía de un juicio con jurado.

En su resolución, también detalla que la ausencia de Gómez y su asesora en una vista anterior se debió a que sus defensas se acogieron a una circular de la Fiscalía que permitía que acudieran solo los letrados.

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El delito por el cual se le juzga es el que da sustento a la propuesta de que sea un jurado quien juzgue a la esposa del presidente. Según el artículo 1 de la Ley del Jurado, este tribunal tiene competencia sobre ciertos delitos, entre ellos el de tráfico de influencias y el de malversación de caudales públicos.

El auto precisa que, aunque a Gómez se le atribuyen también delitos de corrupción en el sector privado, apropiación indebida e intrusismo, el de tráfico de influencias permite que todos se consideren «delitos conexos» y, por tanto, juzgables en conjunto por un jurado popular. «Uno de los delitos investigados se encuentra expresamente incluido en la Ley del Jurado», explica el juez, lo que extiende su competencia a los demás.

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En caso de que la causa avance, el juicio estaría en manos de un tribunal formado por nueve ciudadanos titulares y dos suplentes, que deliberarían sobre los hechos y emitirían un veredicto de culpabilidad o inocencia. El magistrado que presida la sala sería el encargado de dictar sentencia en función de ese veredicto.

La ley contempla que estos ciudadanos sean elegidos por sorteo, con posibilidad de excusarse en determinados supuestos y con margen para que las partes los recusen. El procedimiento incluye una vista para concretar las imputaciones y definir si la causa debe archivarse o continuar con nuevas diligencias.